El Ayuntamiento de Reus aprueba el proyecto y el reglamento del servicio de bicicleta pública compartida

El pleno del Ayuntamiento de Reus ha aprobado este viernes, 17 de febrero, el estudio de viabilidad económica, la memoria justificativa, el proyecto y el reglamento del servicio de bicicleta pública compartida de Reus; y ha tomado en consideración el establecimiento del servicio, con forma de gestión directa a través de la sociedad municipal Reus Mobilitat i Serveis.

El estudio de viabilidad económica analizó la propuesta de implantación, gestión y viabilidad económica para la explotación del servicio de bicicleta pública en la ciudad, diferenciando dos fases de implantación: una primera fase, con una oferta de 250 unidades, y una segunda fase, a partir del tercer año de explotación con la incorporación de 250 bicicletas adicionales.

Se prevé una inversión total de 2.491.851,99 euros, que comprende los siguientes conceptos: adecuación local por taller y almacén de bicicletas, estaciones, bicicletas y piezas de repuesto, bases, aplicaciones informáticas, y vehículos de servicios.

El estudio define también las tarifas previstas en la modalidad de tique diario (1 euro) y de abono mensual (9 euros).

La memoria destaca los aspectos sociales, medioambientales y económicos que justifican el establecimiento del servicio de bicicleta compartida en la ciudad:

• Accesibilidad: Aquellos ciudadanos que, por diversos motivos, tienen dificultades para desplazarse por el territorio ven reducidas sus posibilidades de desarrollo personal, social y laboral. El transporte público debe permitir que la accesibilidad no se convierta en un factor de exclusión social, permitiendo el acceso a los puestos de trabajo, a los hospitales ya los centros educativos, de ocio, deportivos y religiosos, independiente del barrio donde se viva .

• Calidad de vida: Es necesario que la ciudadanía, independiente de su nivel de renta, pueda gozar del derecho a moverse entrega realizando los desplazamientos de la forma más rápida y cómoda posible.

• Salud: Los impactos negativos que origina el transporte en la salud, principalmente la contaminación acústica y del aire, afectan a todos los ciudadanos, con independencia de que sean o no usuarios del medio de transporte que los origina. Sólo con un traspaso del transporte en vehículo privado al transporte sostenible, se podrán reducir los efectos negativos de la contaminación.

• Seguridad: El uso de la bicicleta reduce la siniestralidad del transporte privado, que presenta mayor frecuencia y gravedad.

• Sostenibilidad: Es necesario priorizar el uso de los modos de transporte de menor intensidad energética, menor emisión de contaminantes que aceleran el cambio climático y menor ocupación de territorio.

El reglamento es la norma encargada de regular y determinar las condiciones generales de utilización del servicio de bicicleta pública compartida. Será de aplicación a la empresa operadora que preste este servicio de transporte público ya las personas que lo utilicen. El documento se estructura en 28 artículos, distribuidos en seis apartados:

• Disposiciones generales: Objeto y ámbito de aplicación del Reglamento. Carácter público del servicio. Gestión de servicio. Definiciones.

• El servicio de bicicleta pública: Establecimiento, organización y explotación. Tipo de tarifas. Alta en el servicio. Baja al servicio. Tarifas y sistemas de pago del servicio. Funcionamiento del sistema.

• Derechos y obligaciones de las personas usuarias: Derechos de las personas usuarias. Igualdad de género. Protección de datos. Obligaciones de las personas usuarias. Prohibiciones de los usuarios.

• Obligaciones de la empresa operadora. Información y atención a la persona usuaria. Horarios del servicio. Bicicletas. Estaciones y aparcamientos. Mantenimiento y redistribución de bicicletas. Calidad del servicio. Obligaciones del personal de la empresa operadora del servicio de bicicleta pública.

• Régimen sancionador a la persona usuaria: Tipo de infracción. Sanciones por infracciones. Adopción de medidas en caso de comisión de infracciones. Procedimiento de expediente sancionador. Régimen jurídico aplicable y arbitraje.

• Modificación del reglamento.



Fuente: Ayuntamiento de Reus


 

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