El ORGT (Organismo de Gestión Tributaria) en acuerdo con los Ayuntamientos han adoptado una serie de medidas extraordinarias de carácter tributario con el objetivo de hacer frente al impacto económico y social del Covid-19.
Estas medidas toman diferentes ámbitos entre los que destaca, en primer lugar la recaudación voluntaria:
-Los plazos de pago en voluntaria de las liquidaciones que se encuentran en periodo de cobro el día 18 de marzo han sido ampliados hasta el 30 de abril de 2020.
- Los plazos de pago en voluntaria de liquidaciones que se hayan iniciado con posterioridad al 18 de marzo se han ampliado hasta el 20 de mayo de 2020.
- Padrones del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, tasas y precios públicos que actualmente se encuentran en periodo voluntario de pago, el cobro se aplaza hasta el 1 de junio.
El objetivo es demorar el cargo en cuenta para aquellos contribuyentes que tengan domiciliado su pago, y facilitar el cumplimiento de la obligación de pago a los que no la hayan domiciliado.
En segundo lugar, los fraccionamientos y aplazamientos, el plazo se ha visto ampliado de acuerdo con el siguiente detalle:
- Aplazamientos o fracciones, concedidos antes del 18 de marzo de 2020, con fecha de vencimiento entre el 18 de marzo y el 30 de abril de 2020: su vencimiento se producirá el 30 de abril de 2020.
- Aplazamientos o fracciones, concedidos después del 18 de marzo de 2020, su vencimiento se producirá el 20 de mayo de 2020.
En cuanto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), de momento se mantienen los periodos de pago y fechas para los pagos domiciliados. En el caso de los no domiciliados éste tiene fecha de inicio 04/05/2020, y final el 06.07.2020.